Obras pequeñas… ¿Qué puede aportar el CSS?

La obligatoriedad de designación de coordinador de seguridad en fase de ejecución es independiente de la existencia o no de proyecto, tal y como se desprende de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 7 de Octubre de 2010, criterio que comparte la Dirección General de Trabajo en España.

Por lo tanto, cualquier actividad recogida en el anexo 1 del R.D. 1627/97 (excavación, movimiento de tierras, construcción, montaje y desmontaje de elementos prefabricados, acondicionamiento o instalaciones, transformación, rehabilitación, reparación, desmantelamiento, derribo, mantenimiento, conservación – trabajos de pintura y de limpieza y saneamiento), por elemental que sea, requiere la designación, por parte del promotor, de un coordinador en fase de ejecución siempre y cuando en la obra intervengan, de forma simultánea o sucesiva, dos o más empresas/autónomos. La Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social emitió una nota con su criterio de interpretación del anexo 1, y por tanto, del ámbito de aplicación del R.D. 1627/97, que merece la pena leer.

Esta exigencial legal aún no ha calado lo suficiente en la sociedad y, concretamente, en las personas físicas y jurídicas que son susceptibles de promover obras menores (particulares, empresas titulares de centros de trabajo, administración, etc.). En este panorama de desconocimiento no ayudan los Ayuntamientos, que no hacen mención alguna a esta obligación en la concesión de licencias de obra menor, ni tampoco la Inspección de Trabajo, que habitualmente no visita centros de trabajo en los que se desarrollan pequeñas obras. La falta de control por parte de la ITSS en entendible, en tanto que en mucho casos, las empresas contratistas/autónomos intervinientes no presentan el documento de comunicación de apertura del centro de trabajo a la autoridad laboral, y tampoco existe un canal de comunicación entre Ayuntamientos e ITSS gracias al cual ésta última tenga conocimiento de las licencias de obra menor concedidas, y por tanto, tenga localizados los centros de trabajo en los que se ejecutan pequeñas obras.

A pesar de este contexto, gracias a la labor de difusión que están haciendo algunos Colegios Profesionales, y al trabajo de concienciación que están haciendo muchos técnicos (seguramente incentivado por la situación de crisis y falta de actividad), cada vez son más las obras pequeñas o «menores» en las que el promotor está designando un CSS en fase de ejecución. Yo mismo realizo muchas coordinaciones de pequeñas reformas para un promotor público, que está empeñado en cumplir rigurosamente las exigencias legales, y lo más importante, tiene claro que la designación de CSS no es un mero trámite administrativo encaminado a cumplir con dichas exigencias, sino que supone un «plus» que se va a traducir en unas obras con unos niveles de seguridad más altos.

Ese «plus» al que hago mención es el objeto de este artículo. Algunos técnicos tienen la sensación de que poco pueden aportar en una obra sencilla, de unos pocos días de duración, y en la que los trabajos que se desarrollan aparentemente tienen poco o ningún riesgo. Con esa sensación y la apatía en la que deriva, difícilmente la designación de coordinadores en estas obras va a ir en aumento. Es por ello que quiero explicar y enumerar, desde mi punto de vista, todo aquello que podemos aportar los coordinadores en este tipo de obras y que genera un valor añadido. Ahí va:

  1. Asesoramiento en materia de seguridad y salud al promotor. Si somos los coordinadores designados, seguramente ya habremos informado al promotor de la obligatoriedad de esa designación. Pero eso no acaba ahí. ¿Sabe el promotor que tiene la obligación de informar de los riesgos del centro de trabajo y de las medidas de emergencia a las empresas concurrentes? (art. 7 del R.D. 171/2004). ¿Cómo informa en las obras en las que no existe ESS/EBSS?. En este caso, el CSS puede redactar o colaborar en la redacción de un documento informativo de riesgos, que haga las veces de ESS/EBSS de forma que el promotor cumpla con la obligación de informar (en el caso de riesgos graves o muy graves, esta información debe ser por escrito).
  2. Control de las empresas intervinientes. A pesar de que es obligación de las distintas empresas el cumplir con todos los requisitos en materia de prevención (inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas, contrato con servicio de prevención, formación e información de sus trabajadores, etc.), es recomendable que el CSS realice una labor de control sobre algunos aspectos del cumplimiento de la normativa de PRL de las empresas intervinientes. Al menos recomiendo: revisión de la inscripción en el REA y formación de los trabajadores (art. 19 y Convenio). Cuando se utilicen medios auxiliares o maquinaria de envergadura, recomiendo exigir formación específica en el manejo de estos equipos. Esto asegurará que las empresas cumplen unos mínimos necesarios, y evitará que el promotor y el propio CSS sea vean afectados por incumplimientos de las empresas que pueden generar en éstos responsabilidades, incluso en materia penal.
  3. Exigencia, revisión y visto bueno a la evaluación de riesgos específica de las empresas intervinientes. En este tipo de obras, al no existir proyecto con ESS/EBSS, las empresas empresas contratistas no tiene sentido que redacten un Plan de Seguridad y Salud. Es por ello, que, en cumplimiento del art. 10 del R.D. 171/2004, las empresas deben elaborar una evaluación de riesgos y su correspondiente planificación preventiva de las obras y los servicios contratados. En este caso, ese documento hará las veces de PSS, en tanto que será el documento preventivo de referencia para la empresa contratista que lo elabore (a través de su Servicio de Prevención). Al igual que el CSS tiene la atribución expresa por el art. 9 del R.D. 1627/97 de aprobar los PSS, no existe legislación alguna que encomiende al CSS la labor de aprobar estas evaluaciones de riesgos. En cualquier caso, puede ser recomendable, y así se ha comentado en algunos foros por parte de miembros de la ITSS, que el CSS de alguna forma revise y de el visto bueno a las evaluaciones de riesgos de las empresas intervinientes. Existen voces en contra de este criterio, con el principal y desde luego sólido argumento de que el CSS no tiene por qué ser técnico superior de PRL, y por tanto puede no tener competencias para elaborar una evaluación de riesgos, así que, a priori, tampoco debería poder revisarla y pronunciarse al respecto. En todo caso, al menos, debe exigirse este documento de planificación preventiva. Aprovecho para dejar también abierta la posibilidad a que, si los trabajos a realizar son los habituales por la empresa y ya evaluados en la ER general, y el centro de trabajo no tienen ninguna peculiaridad que implique una necesidad de evaluar de forma específica los trabajos, se utilice la ER general de la empresa como documento preventivo de referencia. Este es mi criterio particular, pero estoy abierto a cualquier otro razonamiento mejor fundado.
  4. Realización de la coordinación de actividades en la obra. Impartición de instrucciones, realización de reuniones, control de la designación de recursos preventivos cuando proceda… Todo ello contribuirá a una obra bien coordinada, sin interferencias, sin empresas que se ven afectadas por los riesgos de otras, etc. Obviamente, los recursos destinados a esta coordinación dependerán del tipo y volumen de obra. En obras elementales y sencillas, no será necesario ni siquiera reuniones, y bastará con unas instrucciones previas. En otras sí que será interesante mantener una reunión con todos los intervinientes. El CSS debe solicitar en su Colegio Profesional el Libro de Incidencias a pesar de no existir PSS. Dicho libro, que los Colegios no tienen problema en entregar, es el mejor documento en el que dejar documentadas todas las actuaciones en obra, al estar diligenciado y tener hojas copiativas.
  5. Realización de visitas de control. En este tipo de obras sencillas, el CSS debe realizar visitas a la obra en las que, además de realizar la coordinación de actividades, puede comprobar el cumplimiento de la planificación preventiva en cuanto a procedimientos, medidas de organización, y uso de protecciones colectivas e individuales. En caso de detectar situaciones de riesgo grave e inminente, debe paralizar los trabajos (art. 14 del R.D. 1627/97).
  6. Realización de un informe final de la coordinación. De manera opcional, el CSS puede elaborar un informe final de la coordinación en el  que explique la actuación llevada a cabo, incluyendo la documentación generada, fotografías de la obra, etc. que entregará al promotor para su conocimiento, y para que éste sea consciente de la importante labor realizada.

2013-04-03 10.29.03Obra de reforma en consultas de un hospital

Es importante que hagamos valer nuestra labor, incluso en trabajos en los que aparentemente no hay riesgos destacables. Siempre se puede aportar, y esas aportaciones del CSS siempre contribuirán a que la obra sea más segura. Con esa mentalidad debemos afrontar este tipo de encargos, nunca como un mero trámite, en caso contrario el promotor no se gastará ni un euro en los honorarios de un técnico que cree innecesario.

Autor del artículo:
Francisco José Martínez Montesinos
fran@seguridadconstruccion.com

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9 comentarios en “Obras pequeñas… ¿Qué puede aportar el CSS?

  1. Acertado en todo.
    Si no hacemos nuestro trabajo de manera correcta, si no somos capaces de documentar nuestra labor ¿porque nos atrevemos a facturar por nuestros servicios?
    Será porque no sabemos lo que hay que hacer y si sabemos a lo que nos exponemos (responsabilidades).
    No seamos los tontos útiles, seamos profesionales útiles.
    Enhorabuena por tu block.

  2. Pingback: OBRAS PEQUEÑAS QUÉ PUEDE APORTAR EL CSS | David Ruiz Reig

  3. Me parece muy interesante en este tipo de obras controlar el acceso a obra y revisar los niveles de subcontratación ya que muchas veces hay subcontratación de autonomos y personal sin formación o sin entrega de Epis por ejemplo.
    Por otro lado interesante el tema de hacer el plan de seguridad, de este modo sirve a la empresa para autoevaluarse ya que a veces sus planes de prevención o evaluciones son muy genéricas o no incluyen todos los equipos que suelen utilizar, ya que no los consideran improtantes o de sueficiente riesgo.

    • Gracias por tu comentario Leire.
      Decirte que el CSS no debería entrar a comprobar si existen justificantes de entrega de EPI de los trabajadores, sólo exigir y comprobar que éstos se usan en obra. En cuanto a la formación, sí que es un tema importante y que genera responsabilidades penales al CSS (existe jurisprudencia al respecto), por lo que el CSS debería comprobar de alguna manera que los trabajadores que intervienen en la obra están correctamente formados.
      Respecto a lo del plan de seguridad, supongo que te referirás a la evaluación específica de riesgos.
      Un saludo.

  4. Enhorabuena al autor por tan excelente artículo. Con más profesionales que se expresaren como él mucho mejor nos iría.

    Por otro lado, quisiera introducir una nueva vía con respecto al punto dos. Quizás no sea tan buena idea hacer lo que el autor propone por la siguiente razón:

    – Parece que algunos juristas entienden que si se ejerce de facto la función de control, en modo de revisión del cumplimiento de las obligaciones legales, aquel que lleva a cabo dicho control asume la responsabilidad de ello. Sin embargo, y siguiendo el criterio de estos juristas consultados, si exigimos una declaración responsable donde se asevere que se cumplen todos los requisitos legales exigidos (Como la inscripción en el RAE, disponer de un servicio de prevención, etc) y que se dispone de toda la documentación que lo prueba, el CSS queda liberado de la carga de la culpa la cual se traslada a quien firma la declaración responsable.

    Todo sea por no absorber responsabilidades que no tenemos por qué.

    Un muy afectuoso saludo de nuevo al autor del post. Lo ficho enseguida y prometo seguir de cerca este blog.

    Saludos.

    José Miguel

    • Muchas gracias por tu comentario José Miguel. Estoy de acuerdo contigo en que el CSS no debe ejercer esa función de control, al menos de forma exhaustiva. La declaración responsable me parece una buena herramienta, y a mi me vale tanto o más que la propia documentación a «controlar».

      Un saludo.

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